Absuelto el consuegro del duque de Alba de fraude fiscal en Mallorca

Un juzgado de Palma exonera el empresario Fernando Palazuelo de dos delitos fiscales porque no hubo dolo y al asumir la tesis de un perito de la defensa

El empresario absuelto, Fernando Palazuelo.

El empresario absuelto, Fernando Palazuelo. / EFE

B. Palau

B. Palau

Un juzgado de lo penal de Palma ha absuelto al conocido empresario y arquitecto, Fernando Palazuelo, que es consuegro del duque de Alba, de fraude fiscal. La magistrada ha exonerado al encausado, cuya hija, Sofía, es la mujer del heredero de la Casa de Alba, Fernando Fitz-James Stuart, duque de Huéscar, de dos delitos fiscales.

Palazuelo se enfrentaba a una petición de condena de cuatro años de prisión por parte de la fiscalía y de la Abogacía del Estado, que le acusaban de defraudar a Hacienda alrededor de un millón de euros al omitir datos a la Agencia Tributaria en el impuesto del IVA y en el impuesto de sociedades en el año 2007, en el transcurso de diversas operaciones inmobiliarias efectuadas tras la permuta de las Torres del Temple con el Ayuntamiento de Palma.

En esas fechas, la administración se hizo con el edificio histórico, que era propiedad de Palazuelo,y el empresario recibió a cambio un solar en la calle Aragón de Palma. Ese solar fue vendido con posterioridad por partes y a resultas de dichas operaciones se le acusó de un presunto fraude al fisco. Ahora, el juzgado palmesano que enjuició el caso le ha absuelto al considerar que no hubo dolo respecto al impuesto del IVA y al asumir la tesis de un perito de la defensa en referencia al impuesto de sociedades, que mantuvo que el empresario tenía que tributar por un millón y medio de euros por el valor del solar de la calle Aragón y no por dos millones, como sostenían las acusaciones, por lo que entonces los hechos ya no son delictivos.

El fallo no es firme

La sentencia, que no es firme y contra la que cabe recurso, detalla que en el impuesto del IVA no hubo ánimo de defraudar al fisco. Así, considera que la factura rectificativa presentada estaba bien hecha y se trató de un diferimiento y no una ocultación. En ese caso, un diferimiento no es delito.

Y por lo que respecta al impuesto de sociedades, la magistrada da por buena la tesis del perito de la defensa, que indicó que el empresario solo tenía que tributar por el valor del solar de la calle Aragón, un millón y medio de euros, y no por los dos millones que recibió por el solar y una edificación. Al ser menor la cantidad, la cuota es más baja y no se considera delito. Hace unos meses, la Audiencia Nacional también le absolvió en otro caso. En cambio, Palazuelo fue condenado años atrás por un juzgado de Palma por coaccionar a dos vecinos de las Torres del Temple para forzar su marcha.

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