­La nueva ordenanza municipal reguladora de la ocupación de los espacios públicos por parte de instalaciones temporales de servicio de bar con ocasión de las fiestas populares ya es oficial. La normativa regula, por ejemplo, el funcionamiento de carpas, casetas o barras.

Respecto a su ubicación, la ordenanza establece que "los lugares escogidos deberán situarse a una distancia mínima de 25 metros respecto a los negocios de bar existentes".

Asimismo, la normativa prescribe para los titulares de las autorizaciones que tendrán que mantener "en todo momento las instalaciones y el lugar ocupado en perfecto estado de conservación, limpieza, higiene y seguridad". Además, no podrán colocar publicidad en las instalaciones.

El Ayuntamiento fija que en este tipo de instalaciones sólo estará permitida la venta de bebidas, comidas y aperitivos. "No obstante, excepcionalmente, el Ayuntamiento podrá autorizar también la venta de productos conmemorativos o divulgativos relacionados con la fiesta popular que se celebre".

Decreto de alcaldía

El procedimiento para la concesión de la autorización comenzará como mínimo 20 días antes de cada fiesta, cuando a través de un decreto de alcaldía se determinará si se permite ocupar los espacios públicos con instalaciones desmontables de bar.

Asimismo, a través de este decreto, se fijarán sus características, los lugares donde se podrán colocar, el horario, el número máximo de autorizaciones para cada una de las fiestas y la garantía a constituir por parte de los interesados.