Los jubilados de Son Cladera esquivan el desahucio de su local hasta 2025

El abogado de la asociación llega a un pacto con la Fundación Sa Nostra para establecer un nuevo contrato y perdonar parte de la deuda a cambio de subir el alquiler

Los usuarios del Club Sa Cala no dan por finalizada la batalla y quieren quedarse en el inmueble más allá de lo que estipula el acuerdo

Los jubilados de Son Cladera en una manifestación el pasado mes de abril contra el desahucio. | M.MIELNIEZUK

Los jubilados de Son Cladera en una manifestación el pasado mes de abril contra el desahucio. | M.MIELNIEZUK / a.ruiz. palma

Irene R. Aguado

Irene R. Aguado

Los jubilados de la Asociación de la Tercera Edad Sa Cala han logrado evitar por un año el desahucio inminente que pesaba sobre su local por parte de la Fundación Sa Nostra en la calle Canonge Antoni Sancho, en Son Cladera. El abogado que actúa en nombre de los jubilados, Francisco Fernández Ochoa, ha logrado llegar a un acuerdo con la Fundación Sa Nostra, propietaria del inmueble, por el que se desiste del anterior contrato y se estipula uno nuevo hasta el 30 de septiembre de 2025. El pacto se ha homologado hoy ante el juez, por lo que el juicio entre ambas partes se ha suspendido.

De esta forma, la Fundación Sa Nostra perdona una parte de la deuda que tenían los usuarios de la asociación, que ascendía a más de 30.000 euros, a cambio de aumentar el alquiler mensual hasta los 2.200 euros. Al no tener deuda, la asociación podrá optar a subvenciones, por lo que quedaría solucionado uno de los principales problemas del club.

Además, este nuevo contrato también permite el subarrendamiento, así que la asociación podrá regular su situación con la escuela de músicos que empleaba el piso superior.

Una parte de los usuarios no se fía

El problema es que el acuerdo no inspira confianza a una parte de los usuarios de la asociación, que temen que la intención de la Fundación Sa Nostra sea echar a los jubilados una vez que se acabe el contrato dentro de un año. Lo cierto es que el documento firmado establece literalmente que "no hay posibilidad de prórroga" y que el día 1 de octubre de 2025 los usuarios se comprometen a abandonar el local, dejar las instalaciones y devolver las llaves al propietario.

De hecho, el contrato también dice que esta "duración fija y sin posibilidad de prórroga es un punto clave y determinante para que la Fundación Sa Nostra haya aceptado", por lo que ambas partes pactan una cláusula penal de indemnización, de tal manera que si los arrendatarios no abandonan el local el 1 de octubre de 2025, tendrán que abonar 150 euros por cada día que se queden hasta que entreguen las llaves.

Pese a estas líneas del contrato, que han generado mucha preocupación entre algunos usuarios, el abogado asegura que en principio la intención de la Fundación no es esta. "El objetivo durante este año es hacer las cosas bien y cumplir el acuerdo para que cuando se venza el primer año, la Fundación Sa Nostra vea que somos una asociación fiable y responsable. Esta solución es la que nos da más garantías a las dos partes para retomar la confianza entre nosotros", explica Fernández Ochoa. "El Club tiene que ser consciente de que es un año de prueba para volver a cumplir y hacer una buena administración para que su nombre quede limpio. Si consiguen esta credibilidad, estoy seguro de que la Fundación Sa Nostra nos dará más tiempo, porque las posibilidades del contrato se verán a medida que se vayan cumpliendo", añade en palabras a este diario el abogado que representa a la asociación.

Sin embargo, los argumentos del letrado no han convencido a todos los jubilados. Una parte de ellos cree que el nuevo contrato es la forma de desalojarlos del local en octubre de 2025 y no confía en que Sa Nostra lo prorrogará, ya que hay varias entidades interesadas en alquilarlo. El abogado, por su parte, insta a empezar por una "gestión ejemplar" del Club que facilite las negociaciones más adelante, y asegura que "la interpretación legal de un contrato no es lo que digan las partes, sino lo que dice la Ley de Arrendamientos Urbanos", que establece que la duración mínima de un contrato de alquiler para personas jurídicas es de siete años.