Crisis sanitaria

El cierre de los bares de Magaluf durante la pandemia fue ilegal

El TSJB establece que la medida que impuso el Govern durante la primera fase de desescalada para evitar los contagios en los locales de diversión no fue proporcional, ni se justificó

Los locales de ocio de Magaluf fueron cerrados durante la pandemia sanitaria.

Los locales de ocio de Magaluf fueron cerrados durante la pandemia sanitaria. / M. MIELNIEZUK

Durante la primera fase de desescalada de la pandemia sanitaria fueron emitidas en televisión unas imágenes en las que aparecían unos turistas bebiendo y divirtiéndose en los bares de la zona de Punta Ballena, en Magaluf. Ante esta situación, el Govern, a petición de la conselleria de Salud, reaccionó de inmediato a través de un decreto ley. Con la excusa de que se debían evitar más contagios de coronavirus, se acordó el cierre inmediato de todos los locales nocturnos de la problemática calle de Calvià. Este decreto se firmó en el mes de julio del año 2020, en plena pandemia sanitaria y la prohibición se extendió octubre. Lógicamente, el cierre de los negocios en plena temporada turística ocasionó graves pérdidas económicas a los empresarios.

En estas fechas en las que la pandemia sanitaria ya forma parte de la historia, el TSJB ha dictado una sentencia en la que establece que el cierre de estos locales turísticos de Magaluf fue ilegal.

Los jueces se han pronunciado como consecuencia de una demanda presentada por las asociaciones Abone y Acotur.

Como viene siendo habitual en este tipo de demandas la abogacía de la comunidad autónoma sostiene que el cierre de los locales respondía a un riesgo real, como era el aumento del número de contagios. Es decir, se primó la seguridad pública, frente a los intereses de los empresarios.

Demanda

Las asociaciones que se unieron para presentar esta demanda entregaron una doble argumentación. Por una parte, mantenían que el cierre de los locales de ocio no estaba justificado desde el punto de vista sanitario, ya que no tenía sentido que no se permitiera la actividad de los bares de la calle Punta Ballena y en cambio sí se autorizara en otros locales de las calles próximas de Magaluf. Y a la vez también denunciaban que detrás de esta clausura indiscriminada de los establecimiento se escondía un interés, por parte del Govern, de terminar de una vez por todas con el conocido turismo de excesos o de borrachera.

El tribunal resalta en su sentencia que en el expediente administrativo, que se inició para justificar este cierre, no aparece ni el más mínimo informe técnico que explique las razones por las que existía más posibilidades de contagio en la calle Punta Ballena que en otras zonas adyacente. El informe sanitario que se incorporó a la tramitación de esta orden únicamente exponía datos globales de la situación de contagio de todas las islas, pero ninguno específico de esta conocida y popular zona de diversión de Calvià. Por lo tanto, no fue una medida proporcional.

La administración llevó a sostener que se había adoptado esta orden de cierre por las quejas recibidas en el Ayuntamiento, por la repercusión de las imágenes de televisión en las que aparecían grupos de turistas sin respetar las medidas de separación y por las denuncias que habían tramitado una serie de cancellerías extranjeras.

Sin embargo, aunque estos motivos fueran ciertos, el tribunal considera que el certificado más importante era el de las cifras de contagio concretas en este perímetro de Magaluf y este documento nunca se redactó.

Así, la sentencia insiste en que el contagio del virus era un peligro real, sobre todo en espacios cerrados y donde la distancia de seguridad apenas se respetaba. Sin embargo, se cuestiona que este peligro únicamente se produjera en la zona acotada de ocio, hasta el extremo de que se ordenó el cierre de todos los locales de diversión.

Sobre la segunda cuestión planteada, el tribunal considera que no se ha demostrado que detrás de esta orden de cierre, existiera una estrategia del Govern para terminar con el turismo de excesos. La sentencia incide en que la ley contra los excesos se aprobó antes de la declaración de la pandemia sanitaria, además de señalar que la administración puede tomar las medidas que considere para paralizar estos excesos.

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